“Hasta que los influencers no sean considerados prestadores de servicios de comunicación audiovisual, su actividad se rige únicamente por parámetros deontológicos y de buenas prácticas, pero la deontología no tiene capacidad coactiva. Puede mejorar la praxis, pero siempre dentro de un marco regulador”, desarrolla José Sixto García, director del Instituto de Medios Sociales y profesor de la Universidad de Santiago de Compostela.
“Si Netflix no puede anunciar medicamentos o tabaco, tampoco ellos. Lo mismo con la publicidad encubierta: no es tolerable que anuncien un producto sin que el usuario identifique que eso es publicidad”,
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