jueves, 20 de abril de 2023

ESPAÑA: RR.SS. según normas europeas.


 

El Gobierno está ultimando los detalles de la nueva ley con la que se regulará la publicidad de los productos sanitarios en España. El Ministerio de Sanidad ya ha sacado a consulta pública los detalles sobre el Real Decreto que permitirá adaptar el marco legislativo nacional a los “requisitos y criterios” marcados en Europa. Un paso adelante que se produce después de dos intentos fallidos por parte de otros grupos parlamentarios de sacar adelante el mismo debate en el Congreso de los Diputados.

La nueva norma se sustentará en las bases marcadas en Bruselas para adecuar la legislación española, tanto en lo relativo a la promoción de productos dirigida a los profesionales sanitarios como en las campañas que tienen como diana al público en general. “La normativa actual de publicidad de productos sanitarios no incorpora las novedades legislativas de la nueva regulación europea de productos sanitarios”, ha justificado el Gobierno.

Entre las grandes novedades que tendrá el Real Decreto figura el establecimiento de los requisitos que deberá cumplir la publicidad sanitaria en el entorno digital. Se trata de una necesidad que ya habían identificado tanto el Partido Popular como Unidas Podemos para asegurarse de que se cumplen los principios de veracidad en aquellas promociones sanitarias que se realizan en las redes sociales.

Además, el Ministerio de Sanidad también se ha comprometido a que el nuevo texto legislativo ofrezca más facilidades para que todo el mundo pueda conocer estas campañas de publicidad de manera inclusiva. “La normativa actual no incluye la exigencia de accesibilidad de los mensajes publicitarios en los medios audiovisuales para las personas con discapacidad sensorial”, han apuntado en su capítulo de problemas a solucionar.

La nueva ley identificará además aquellos productos que se considera que “no son susceptibles” de aparecer en campañas publicitarias, mientras que incorporará al marco nacional los requisitos específicos sobre los productos sin finalidad médica, tal y como figuran en el Reglamento que el Parlamento Europeo aprobó en 2017.

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