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Los Colegios Médicos ya han recibido el primer borrador del futuro Código Deontológico por el que se regirán las instituciones en los próximos años y una de las grandes novedades que presenta es que los médicos tienen prohibido “hacer publicidad de una marca comercial, aunque alguno de sus componentes sea beneficioso para la salud”, tal y como se recoge en el documento al que ha tenido acceso Redacción Médica.
El borrador recoge que los profesionales tienen derecho a utilizar la publicidad informativa siempre que sea “objetiva,prudente y veraz, de modo que no levante falsas esperanzas ni propague conceptos infundados”. Además, nunca puede ser subliminal porque es “contraria a la Deontología Médica, porque intenta manipular a las personas sin que estas sean conscientes de ello”.
Por todo ello, desde la OMC se exige a todos los colegiados y a todos los Colegios Médicos a que no se lleve a cabo la publicidad de ninguna marca comercial.
Asimismo, siempre que se publicite un producto debe producirse porque existe contrastada evidencia científica de que es beneficioso para la salud. (Más)
miércoles, 28 de noviembre de 2018
MD: Prohibido hacer publicidad
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