martes, 21 de junio de 2011

OTC des_graciados...


Eduardo Ortega Socorro - Lunes, 6 de Junio de 2011

Las herramientas con las que se puede hacer publicidad de OTC, los únicos medicamentos sobre los que se permiten anuncios comerciales dirigidos al público, están limitadas por la legislación y unos controles rígidos de la Administración sanitaria. La patronal del autocuidado, Anefp, lucha por una mayor flexibilización y critica, con otras voces, la falta de igualdad con los productos funcionales.


Sin recurrir a eslóganes. Sin usar personajes famosos con acentos graciosos. Sin detallar sus beneficios. La industria farmacéutica no puede recurrir a ninguna de estas argucias propias de la publicidad para acceder a los medios de comunicación y dar a conocer sus productos a la ciudadanía y potenciales clientes. De hecho, no son pocas las barreras legales que limitan los contenidos de unos anuncios que tan sólo se pueden hacer de medicamentos OTC.

Dichos obstáculos o limitaciones de contenidos están fundamentados principalmente en dos leyes, "la Ley de Garantías y la Ley General de Publicidad y sus correspondientes reales decretos", explica Juan Carlos Serra, director del Máster en Marketing Farmacéutico de la Escuela de Alta Dirección y Administración (EADA). Cada proyecto publicitario debe ser aprobado, además, por el Ministerio de Sanidad, del que se debe obtener la certificación de Control Previo Sanitario (CDS), "código único que identifica su autorización por parte de la Administración Sanitaria competente", indica María Teresa Cuesta Terán, técnica de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad.

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